Declaración responsable del sistema informático de facturación
Conforme al artículo 13 del Real Decreto 1007/2023 y al artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024.
- a) Nombre del sistema informático
- CírculoFactu
- b) Código identificador del sistema informático
- CF
- c) Identificador completo de la versión
- 1.0.0
- d) Componentes y funcionalidades
- CírculoFactu es una aplicación web en modalidad SaaS para la emisión de facturas (completas, simplificadas y rectificativas), presupuestos y facturas recurrentes. Genera para cada factura un registro de facturación de alta, y de anulación cuando procede, encadenado mediante huella, junto con un registro de eventos. La remisión de los registros de facturación a la AEAT se realiza a través del componente Verifacti, servicio de Bilbabit S.L., que actúa como componente de remisión; el NIF de cada obligado tributario se da de alta individualmente en dicho servicio. El sistema no requiere hardware específico: se utiliza desde un navegador web.
- e) Modalidad de funcionamiento
- El sistema funciona exclusivamente como sistema VERI*FACTU: a partir de la fecha en que el uso de un sistema VERI*FACTU sea obligatorio para el obligado tributario, solo permite expedir facturas con la remisión de sus registros a la AEAT activada.
- f) Uso por varios obligados tributarios
- El sistema permite ser utilizado por varios obligados tributarios. Cada uno dispone de su propia cuenta, con sus registros de facturación y su cadena de huellas independientes.
- g) Tipos de firma
- No se utiliza firma electrónica de los registros de facturación, al no ser exigible en la modalidad VERI*FACTU.
- h) Razón social de la entidad productora
- Benito Ramírez Rubiano
- i) NIF de la entidad productora
- 77113265S
- j) Dirección postal completa de contacto
- Calle Los Lirios nº 5, 28925 Alcorcón (Madrid) · benet@circulo-ia.com
- k) Declaración
- Benito Ramírez Rubiano, como entidad productora del sistema informático de facturación CírculoFactu, declara que este sistema, en la versión indicada, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, y en las demás normas que los desarrollen.
- l) Fecha y lugar de suscripción
- Alcorcón, 7 de octubre de 2026